También España —como otros países— lucha contra un problema que en el Derecho comparado es antiguo e incluso recurrente: la legitimidad de secesión por parte de una región territorial o de transformar un Estado “federal” a “confederal”, sobre la base de la decisión tomada por la mayoría de sus habitantes. El problema de si la secesión es lícita, es distinto de si es lícito realizar una consulta a la población para que ésta pueda expresar su deseo de secesión (o de mayor autonomía). Los fallos de la Corte Constitucional italiana en esta materia tienen interés desde el punto de vista del derecho comparado. En ambos casos existe una solicitud de hacer un referéndum para preguntar a los ciudadanos si quieren, en esencia, pasar de un sistema descentralizado (regional, en un caso, autonómico, en otro) a un sistema que ni siquiera es federal, sino confederal, basado en un compact en lugar de una transferencia de competencias; y tanto en España como en Italia ha habido una decisión que, con razonamientos y resultados diversos, de hecho con elecciones jurídico-constitucionales han enmascarado elecciones políticoconstitucionales.

Referéndums regionales, plebiscitos, secesiones: un precedente italiano y su ensenanza para Espana

PEGORARO, LUCIO
2014

Abstract

También España —como otros países— lucha contra un problema que en el Derecho comparado es antiguo e incluso recurrente: la legitimidad de secesión por parte de una región territorial o de transformar un Estado “federal” a “confederal”, sobre la base de la decisión tomada por la mayoría de sus habitantes. El problema de si la secesión es lícita, es distinto de si es lícito realizar una consulta a la población para que ésta pueda expresar su deseo de secesión (o de mayor autonomía). Los fallos de la Corte Constitucional italiana en esta materia tienen interés desde el punto de vista del derecho comparado. En ambos casos existe una solicitud de hacer un referéndum para preguntar a los ciudadanos si quieren, en esencia, pasar de un sistema descentralizado (regional, en un caso, autonómico, en otro) a un sistema que ni siquiera es federal, sino confederal, basado en un compact en lugar de una transferencia de competencias; y tanto en España como en Italia ha habido una decisión que, con razonamientos y resultados diversos, de hecho con elecciones jurídico-constitucionales han enmascarado elecciones políticoconstitucionales.
2014
EL FUTURO TERRITORIAL DEL ESTADO ESPAÑOL ¿Centralización, autonomía, federalismo, confederación o secesión?
605
616
Lucio Pegoraro
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